Revista Médica, Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala.

 

 

Volumen

161

Número 3

 

 

Julio    –   Sept. 2022

ISSN -L:  2664-3677

¿Quién es el dueño de un caso médico publicable?

Who owns a publishable medical case?


Dr. Roberto Orozco(1).

1.  Editor, Revista Médica
     Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala.

 

 

Recibido:  1 de Septiembre 2022     -     Aceptado:  1 de Septiembre2022     -     Publicado:  Septiembre 2022

 

 

Con cierta frecuencia los editores de revistas científicas reciben manuscritos sobre el mismo caso, escritos por diferentes grupos de autores que han participado en el manejo multidisciplinario del caso. Las preguntas formuladas a la revista son similares cada vez que se origina esta situación. Aunque no hay respuestas satisfactorias para todas las preguntas, algunas guías pueden obtenerse de la literatura.

Los informes de casos sirven de eslabón entre la separación, a menudo arbitraria, entre el cuidado del paciente y la investigación médica. Los elementos clave del cuidado exitoso con respecto a la salud y la enfermedad incluyen el intercambio recíproco de información, el respeto, el apoyo, la asociación y la confianza [1]. Estos mismos elementos deben guiar el proceso del informe de caso y son el contexto en el cual se consideran las cuestiones éticas relevantes. Debe enfatizarse que la persona que escribe el informe del caso tiene una obligación principal, como proveedor de atención médica, con el sujeto del informe del caso. Las obligaciones profesionales de esta función son primordiales y nunca deben verse comprometidas por conveniencias personales.

 

Las cuestiones éticas que surgen al redactar un informe de caso son básicamente dos: el consentimiento informado y la confidencialidad. Desde los juicios de Nuremberg de la posguerra, que expusieron horribles abusos experimentales humanos y dieron como resultado la formulación del Código de Nuremberg, el consentimiento informado ha sido la piedra angular de la ética de la investigación humana [2]. El consentimiento informado se basa en la autonomía del individuo como agente a cargo de su propio destino [3]. El consentimiento para la participación en la investigación debe otorgarse libremente y debe basarse en un conocimiento previo completo de los posibles beneficios y riesgos. Los informes de casos se derivan de la práctica clínica y, por lo tanto, las observaciones informadas deben basarse en que los sujetos hayan consentido de manera informada y libre el curso de acción informado.

 

 

Orozco Florián RE.
¿Quién es el dueño de un caso médico publicable?.
Rev. méd. (Col. Méd. Cir. Guatem.). 2022;161(3):228-229.

Página 228

 

 

 

 

Además, lo que es único sobre el informe de un caso es la externalización y difusión de lo que suele ser un asunto muy privado. La condición médica de un paciente y la historia de su enfermedad no pertenecen al médico tratante, y se supone que el paciente conserva los derechos de propiedad. Es el sujeto individual quien posee el “derecho de autor” original. Esta premisa se refleja en todo nuestro sistema de atención médica mediante controles de privacidad cuidadosamente establecidos que protegen contra la divulgación de información del paciente a terceros sin el consentimiento de la persona afectada. El sujeto del informe del caso debe, siempre que sea posible y factible, conocer tanto la premisa como el compromiso. Siempre que sea posible, se debe obtener el consentimiento para usar la historia de un paciente antes de publicar el informe. Este consentimiento debe obtenerse preferiblemente por escrito, de la persona afectada. El autor involucrado debe obtener el consentimiento real [4]. La mayoría de las personas aceptarán con entusiasmo si el enfoque se realiza sobre la base de que informar su caso particular ayudaría a otros con el mismo proceso de enfermedad y no implicaría intervenciones adicionales. El altruismo puede ser un motivador poderoso en el comportamiento humano.

El editor y los revisores de los casos no conocen los pormenores de lo que está ocurriendo en el proceso de autoría del caso. La revista dará prioridad al manuscrito que primero haya cumplido con los requisitos de la revista y haya sido aceptado.

 

 

Referencias bibliográficas / References

  1. 1.King G, King S, Rosenbaum P. Interpersonal aspects of care-giving and client outcomes: A review of the literature. Ambul Child Health. 1996;2:151–60. [Google Scholar] 

  2. 2.Annas GJ, Grodin MA, editors. The Nazi Doctors and the Nuremberg Code Human Rights in Human Experimentation. Oxford: Oxford University Press; 1992. pp. 121– 44. [Google Scholar] 

  3. 3.Emanuel EJ, Wendler D, Grady C. What makes clinical research ethical? JAMA. 2000;283:2701–11. [PubMed] [Google Scholar] 

  4. 4.Smith R. Commentary: The importance of patients’ consent for publication. BMJ. 1996;313:16. [PMC free article] [PubMed] [Google Scholar] 

 


 

Orozco Florián RE.
¿Quién es el dueño de un caso médico publicable?.
Rev. méd. (Col. Méd. Cir. Guatem.). 2022;161(3):228-229.

Página 229